Bienvenidos

Bienvenidos:

He creado éste blog para que los alumnos universitarios, a quienes imparto clases, publiquen en respuesta a los temas impartidos o expuestos en clase, sus dudas, comentarios, tareas y trabajos, a fin de que quede huella de su aprendizaje y evolución académica.

Espero que toda la información acumulada sea también de utilidad para otros estudiantes de derecho y demás profesiones vinculadas, sin embargo deben tomar en cuenta que las respuestas y comentarios a las entradas son de alumnos en formación, por lo que su contenido puede no ser correcto.

Gracias por visitar este blog.


Atentamente
Daniel de la Cruz Cruz


viernes, 11 de septiembre de 2015

Clase 3 - Unidad 8 - CUCEB - Administración - Fundamentos de Derecho.

 
LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN
 
ASIGNATURA: FUNDAMENTOS DE DERECHO.
 
CLASE 3.
 

UNIDAD VIII
DISCIPLINAS JURÍDICAS ESPECIALES Y AUXILIARES.
 

8.1 Disciplinas jurídicas especiales.
 

Como hemos visto el derecho se clasifica en dos grandes ramas que son el derecho público y el derecho privado, mismas que a su vez se subdividen en disciplinas especiales. Al derecho público que regula las relaciones entre el estado y los individuos, aquí pertenecen los derechos constitucional, administrativo, penal y procesal. 


Al derecho privado que es el que regula las relaciones entre los particulares pertenecen el derecho civil y el mercantil. Al lado del derecho público y privado nacionales, hay un derecho público y privado internacionales. Cada una de las ramas especiales, tanto en derecho nacional como en internacional tiene sus reglas procesales y el derecho procesal aun cuando esté relacionado con el derecho privado pertenecerá al derecho público.
 

Por su parte las disciplinas jurídicas auxiliares son las que ayudan al pensador de Derecho en sus estudios, como lo son la sociología del derecho, la historia del derecho y el derecho comparado.
 

8.2 Derecho Constitucional.
 

El derecho constitucional regula la organización del gobierno y la relación entre sus órganos y con los particulares, la de esos poderes entre si y a su vez con los particulares, con esto se hace referencia tanto a las reglas escritas como a normas consuetudinarias. Se puede aplicar en todo tiempo y lugar, cualquier hombre y objeto puede tener una constitución. El carácter fundamental de una constitución escrita es ser una ley de protección pública, una ley de garantías. En los Estados Constitucionales que tienen una constitución escrita, dicha constitución tiene que tener una parte donde se consagran los derechos subjetivos públicos del individuo, llamadas garantías o derechos fundamentales, dicha parte es la llamada parte dogmática.
 
 
8.3 Derecho Administrativo.
 
 
El derecho administrativo, es la rama del derecho público que regula el funcionamiento de los servicios públicos, donde el Estado es el que satisface intereses de las personas. El Estado tiene funciones formales que se definen de acuerdo con la condición de poderes, donde la legislativa se atribuye al Congreso, la jurisdiccional a los jueces y la administrativa a los órganos ejecutivos. Imparcialidad y objetividad son las características de las funciones legislativa y jurisdiccional. El Estado desarrolla una actividad administrativa cuando persigue sus intereses, pero cuando interviene para satisfacer intereses que otro no puede proveer por sí mismo, se le llama jurisdicción. Administrar es cuidar intereses propios, pero hacer justicia es intervenir en los intereses de otros.

 

8.4 Derecho Penal.
 

El derecho penal es el conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el Estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad.
 

Un delito es una acción prohibidas por la ley que comete un delincuente y que es sancionada con una pena. Está prohibido imponer alguna pena que no esté establecida en la ley para aplicar al delito. Aunque la víctima de un delito perdone a su ofensor, corresponde al poder público juzgar al delincuente, ya que esto es algo público. La pena es una sanción impuesta por el Estado, al culpable de un delito.
 

Dentro de ésta rama existe también el derecho penal disciplinario y derecho militar, el primero es el mantenimiento, por parte de los funciones de una conducta ajustada a los deberes y obligaciones que su reglamentación profesional les impone. Tiene que estar pendiente de los funcionarios para que cumplan sus deberes y sancionar sus infracciones. El derecho penal militar, son el conjunto de leyes que organizan la represión de las infracciones militares por medio de las penas, éste derecho en ocasiones es considerado independiente y autónomo, ya que este regula la conducta de los miembros del ejército y su relación con el Estado y con la sociedad.
 

8.5 Derecho Procesal.
 

Por derecho procesal entendemos al conjunto de reglas destinadas a la aplicación de las normas del derecho a casos particulares, con el propósito que los órganos jurisdiccionales declaren que exista una obligación y que se haga efectiva. Reglamenta el funcionamiento de los juicios o procesos ante los tribunales judiciales. El Estado realiza una de sus principales funciones que es la de juzgar al estar cumpliendo el deber correlativo. La relación jurídica procesal es el vínculo que se establece ente los órganos jurisdiccionales y la persona que hace valer el derecho de acción. El proceso que tiene este tipo de derecho tiene una fase declarativa donde se explica una situación jurídica incierta y otra ejecutiva que es la que hace valer los derechos.
 

8.6 Derecho Fiscal.
 

Dentro de las diversas ramas que forman parte del derecho público, se encuentra el derecho fiscal (también conocido como derecho tributario). Su función es la administración de las reglas jurídicas que posibilitan que el Estado desarrolle y ejerza sus facultades tributarias. Los tributos o impuestos son desembolsos económicos obligatorios que deben realizar todos los ciudadanos para solventar el funcionamiento del aparato estatal. El derecho fiscal es la división del derecho que analiza y establece las leyes relacionadas con este procedimiento.
 

El vínculo tributario nace de la necesidad estatal de disponer de dinero para el financiamiento de su actividad, que está orientada al bien común. Esto quiere decir que, cuando un sujeto o una empresa paga sus impuestos, está aportando al desarrollo de su comunidad y, por lo tanto, al suyo propio. 
 

La relación tributaria, por lo tanto, supone una serie de responsabilidades y derechos para todas sus partes. En su aspecto más amplio, el derecho fiscal debe centrar su atención en dos cuestiones: el Estado únicamente está en condiciones exigir el pago de impuesto cuando las leyes lo autorizan; el ciudadano, por su parte, sólo tiene la obligación de pagar aquellos impuestos que se encuentren establecidos por la ley.
 

En la relación tributaria, el sujeto activo es el Estado (apela a su poder para exigir el pago del tributo). La persona física o la persona jurídica que está en el rol de contribuyente, por su parte, es el sujeto pasivo.
 

8.7 Derecho Internacional Público.
 

Como derecho internacional público se denomina al conjunto de normas que rigen relaciones de los Estados entre sí y señalan sus derechos y deberes recíprocos. Los romanos utilizaban la expresión ius gentium para designar la idea de un orden jurídico no escrito para regular las relaciones entre los pueblos. La costumbre y los acuerdos internacionales son las dos fuentes características del derecho independiente de los órganos legislativos. Aunque parezca que las normas internacionales no tienen ningún tipo de sanción, si tienen sanciones aunque imperfectas.


8.8 Derecho Civil.
 

Derecho Civil es el tipo de derecho que determina las consecuencias esenciales de los principales hechos y actos de la vida humana y la situación jurídica del ser humano en relación con sus semejantes o en relación con las cosas. 

8.9 Derecho Mercantil. 

El derecho mercantil, según Alfredo Rocco es la rama del derecho que estudia los preceptos que regulan el comercio y las actividades asimiladas a él, y las relaciones jurídicas que se derivan de esas normas. Son normas del derecho privado especiales para los comerciantes y la actividad comercial. El derecho tiene que tener presentes las principales necesidades que regula y acomodarse a su influencia, y el derecho mercantil es lo que resultara de dicha acomodación de normas y realización de actos en masa. 

8.10 Derecho Laboral. 

El también llamado derecho del trabajo, es el conjunto de norma que rigen las relaciones entre trabajadores y empleadores. Este derecho aplica para todos los trabajadores en general, porque todos los que trabajan ponen a disposición de otro su fuerza de trabajo. Es el que protege a todos los trabajadores para que mejoren su nivel de vida. 

8.11 Derecho Internacional Privado. 

El derecho internacional privado es el conjunto de normas que indican en que forma deben resolverse, en materia privada, los problemas de aplicación que derivan de la pluralidad de legislaciones. 

8.12 Derecho Agrario. 

Derecho agrario es todo lo relativo al campo. Rige toda relación cuyo objeto es la tierra, todo lo relacionado a la explotación agrícola. Está constituido por las normas relativas a la agricultura, la ganadería, al aprovechamiento de las aguas, a los bosques, etc. 

8.13 Disciplinas jurídicas auxiliares. 

Las disciplinas jurídicas auxiliares son las que ayudan al pensador de Derecho en sus estudios, son fundamentalmente la Sociología del Derecho, la Historia del Derecho y el Derecho Comparado. 

a).- Sociología del Derecho: en general la sociología estudia la manera en que se relaciona el hombre fundada por Augusto Comte y Herbert Spencer. Augusto Comte decía que el objeto de estudio de la sociología está constituido por lo fenómenos sociales. Es imposible reducir todos los conocimientos científicos a una solo disciplina, puesto que cada una estudia diferentes cosas. Una ciencia puede tomar principios de otras ciencias pero al final cada una crea sus propias leyes. En todo fenómeno social, el contenido y la forma sociales constituyen una realidad unitaria. La forma social no puede existir si se le desliga de todo contenido, al igual que la forma espacial no puede existir sin una materia de que sea forma. El objeto propio de la sociología se fundamenta en las diversas formas de socialización. Leopoldo von Wiese estima que dicha ciencia debe proponerse la tarea de, abstraer lo social del resto de lo perteneciente a la vida humana, constatar los efectos de lo social y el modo como se producen y restituir lo social al conjunto de la vida humana para hacer comprensibles sus relaciones con ésta. Se puede definir a la sociología del derecho como una disciplina que tiene por objeto la explicación del fenómeno jurídico, considerado como hecho social. Para Ehrlich la primera y más importante función de la sociología del derecho consiste en ofrecer una exposición de los elementos comunes en las relaciones jurídicas, sin referencia al derecho positivo que las gobierna, y estudiar los elementos peculiares de cada relación con referencia a sus causas y efectos. Así que la sociología jurídica es una ciencia explicativa, ya que no le interesa que las leyes se cumplan tal cual dice la constitución, sino las relaciones jurídicas que existen entre las personas.
 
 
b).- Historia del Derecho: La historia en general es la narración de los sucesos ocurridos en el pasado. Dicha definición solo tiene validez con tres restricciones: 1. Los conocimientos históricos solo alcanzan hasta donde llega el testimonio escrito. 2. Consiste en referir la historia exclusivamente a sucesos humanos. 3. Aquí al historiador solo le interesan los hechos que han ejercido influencia en el curso general de la vida humana. La historia a diferencia de la ciencia se refiere a lo que fue una vez y nunca volverá a ser como fue. Antonio Caso nos dice que los hechos históricos ofrecen preteridad, porque no hay historia del presente ni del futuro, unicidad, porque los hechos históricos no se repiten e individualidad, porque a la historia no le interesa lo que tienen en común, sino lo único que hay en estos hechos históricos. Entonces la historia del derecho se define como una disciplina cuyo objeto consiste en el conocimiento de los sistemas jurídicos del pasado. La historia del derecho nos permite encajar el derecho actual con los hechos históricos del derecho.
 
 
c).- Derecho Comparado: es el estudio comparativo de instituciones o sistemas jurídicos de diversos lugares o épocas, con el fin de determinar las similitudes y las diferencias que existen entre ellos, y derivar del tal examen conclusiones sobre la evolución de tales sistemas y criterios para su perfeccionamiento. Según el profesor Naojiro Sujiyama el derecho comparado consiste en comprobar positivamente, por medios determinados y con un objeto fijo, lo que hay de particular y lo que hay de común entre dos o varios derechos nacionales, tomados en el más amplio sentido de la palabra
.

 

6 comentarios:

  1. Disciplina jurídicas especiales y auxiliares.

    Esta unidad habla de las dos grandes ramas del derecho, derecho público y derecho privado, y éstas se dividen en disciplinas especiales y disciplinas auxiliares. Entre las disciplinas auxiliares tenemos:

    -Sociología del Derecho: Tiene por objeto la explicación del fenómeno jurídico, considerado como hecho social.
    -Historia del Derecho: Consiste en el conocimiento de los sistemas jurídicos del pasado.
    - Derecho comparado: Es el estudio comparativo de instituciones, sistemas jurídicos de diversos lugares y épocas, con el fin de determinar las notas comunes y las diferencias que entre ellos existen, y derivan de tal exámenconclusiones sobre la evolución de tales sistemas o instituciones y criterios para su perfeccionamiento y reforma.

    Derecho Constitucional. Es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del Estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de estos entre sí y con los particulares.

    Derecho Administrativo. Es el conjunto de normas que regulan la actividad del Estado, o sea, los principios jurídicos que regulan las relaciones entre las instituciones públicas y los particulares.

    Derecho Procesal. Es el conjunto de reglas destinadas a la aplicación de las normas del derecho o casos particulares, ya sea con el fin de esclarecer una situación jurídica dudosa, y con el propósito de que los órganos jurisdiccionales declaren la existencia de la determinada obligación y en caso necesario que se haga efectiva.

    Derecho Penal. Es un conjunto de normas que determinan la sanción o castigo que el Estado debe imponer a los delincuentes. Dentro de esta rama se encuentran el Derecho Penal Disciplinario y el Derecho Militar.
    - Derecho Penal Disciplinario. Este derecho proviene del ejercicio de la potestad disciplinaria que pertenece al Estado, cuyo fin es el mantenimiento, por parte de los funcionarios, de una conducta ajustada a los deberes y obligaciones que su reglamentación profesional les impone.
    - Derecho Militar. Es el conjunto de disposiciones que regulan la organización, funciones y mantenimiento de las fuerzas armadas.

    Derecho Fiscal. También conocido como Derecho Tributario, es la rama del derecho público que estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público hacia un bien común.

    Derecho Internacional Público. Es un conjunto de normas que rigen las relaciones entre los Estados y señalan sus derechos y deberes recíprocos.


    Jonathan Fields Valenzuela

    ResponderBorrar
  2. En esta unidad nos habla de las disciplinas juridicas especiales y auxiliares.
    DISCIPLINAS JURIDICAS ESPECIALES:
    Se entiende que es la subdivision del derecho publico y el derecho privado,
    Al derecho publico pertenecen los derechos constitucional, administrativo, penal y procesal.
    Al derecho privado pertenecen el derecho civil y mercantil.
    Cada una de las ramas especiales,en derecho nacional y en internacional tiene sus reglas procesales y el derecho procesal aun cuando este relacionado con el derecho privado pertenecera al derecho publico.
    Las disciplinas juridicas auxiliares ayudan al pensador de derecho en sus estudios.
    DERECHO CONSTITUCIONAL:
    Regula la organizacion del gobierno y la relacion entre sus organos y con los particulares,con esto se hace referencia tanto a las reglas escritas como a normas consuetudinarias.el caracter fundamental de una constitucion escrita es ser una ley de proteccion publica.
    DERECHO ADMINISTRATIVO:
    Es la rama del derecho publico que regula el funcionamiento de los servicios publicos,donde el estado es el que satisface interes de las personas.
    El estado desarrolla una actividad administrativa cuando persigue sus intereses,
    Administrar es cuidar intereses propios,pero hacer justicia es intervenir en los intereses de otros.
    DERECHO PENAL:Es el conjunto de normas que determinan los delitos,las penas que el estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevencion de la criminalidad.
    Un delito es una accion prohibida por la ley que comete un delincuente y que es sancionado con una pena.
    Dentro de esta rama existe tambien el derecho penal disciplinario y derecho militar.
    El disciplinario tiene que estar pendiente de los funcionarios para que cumplan sus deberes y sancionar sus infracciones.
    El derecho penal militar son el conjunto de leyes que organizan la represion de las infracciones militares por medios de la pena este derecho en ocasiones es consideradro independiente y autonomo.
    DERECHO PROCESAL:Conjunto de reglas destinadas a la aplicacion de las normas del derecho a casos particulares,con el proposito que los organos jurisdiccionales declaren que exista una obligacion y que se haga efectiva.el proceso que tiene este tipo de derecho tiene una fase declarativa donde se explica una situacion juridiuca incierta y otra ejecutiva que es la que hace valer los derechos.
    DERECHO FISCAL:Se encuentra dentro de las ramas que forman parte del derecho publico,tambien se le conoce como derecho tributario.su funcion es la administracion de las reglas juridicas que posibilitan que el estado desarrolle y ejerza sus facultades tributarias.
    La relacion tributaria supone una serie de responsabilidades y derechos para todos sus partes.
    En la relacion tributaria,el sujeto activo es el estado apela a su poder para exigir el pago del tributo.
    El sujeto pasivo es la persona fisica o la persona juridica que esta en el rol de contribuyente.
    DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO:
    Es el conjunto de normas que rigen relaciones de los estados entre si y señalan sus derechos y deberes reciprocos.
    La costumbre y los acuerdos internacionales son las dos fuentes caracteristicas del derecho independiente de los organos legislativos.
    Las normas internacionales tienen sanciones imperfectas.

    EDUARDO PEREZ VALENCIA..

    ResponderBorrar
  3. DISCIPLINAS JURIDICAS ESPECIALES
    como hemos vistos el Derecho se clasifica en 2 grandes ramas que son: DERECHO PUBLICO: Que regula las relaciones del Estado y los individuos aquí pertenecen el derecho constitucional, administrativo, penal y procesa. Y DERECHO PRIVADO: Que es el que regula la relación entre los particulares y aquí pertenecen el derecho civil y mercantil.
    Por otra parte tenemos las disciplinas Jurídicas auxiliares que ayudan al pensador de derecho en sus estudios, como son la sociología del derecho, la historia del derecho y el derecho comparado.
    DERECHO CONSTITUCIONAL: Regula la organización del gobierno y sus particulares.
    DERECHO ADMINISTRATIVO: Es la rama del derecho publico que regula el funcionamiento de los servicios públicos, donde el Estado es el que satisface intereses de las personas.
    DERECHO PENAL: Es el conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el Estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad.
    DERECHO FISCAL: Dentro de las diversas ramas que forman parte del derecho publico, se encuentra el derecho fiscal, también conocido como derecho tributario. Su función es la administración de las reglas jurídicas que posibilitan que el Estado desarrolle y ejerza sus facultades tributarias.
    DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO: Se denomina al conjunto de normas que rigen relaciones de los Estados entre si y señalan sus derechos y deberes recíprocos.
    DERECHO CIVIL: Es el tipo de norma que se interesa por la persona como ser social que forma parte de un grupo mas complejo de personas y con las cuales establece distintos tipos de vínculos. el derecho civil tiene como principal objetivo el establecimiento de un orden que haga esos vínculos mas lógicos, organizados y sensatos posibles a modo de poder controlar en la sociedad. por ejemplo se ocupa de las responsabilidades, libertades y facultades de los padres de una familia, de los derechos de las personas que contraen matrimonio, de la sucesión de bienes, de los derechos de los niños o de las personas consideradas incapaces para valerse por si mismas, etc.
    DERECHO MERCANTIL: Es la rama del derecho que estudia los preceptos que regulan al comerció y las actividades asimiladas a el y las relaciones jurídicas que se derivan de esas normas.
    DERECHO LABORAL: También llamada derecho del trabajo, es el conjunto de normas que rigen las relaciones entre trabajadores y empleadores.
    DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO: Es aquel que regula las relaciones, vínculos e intercambios que se dan entre 2 o mas países Ej. regula cuestiones de residencias de extranjeros, delitos internacionales, etc.
    DERECHO AGRARIO: Es todo lo relativo al campo. Rige toda la región cuyo objeto es la tierra, todo lo relacionado a la explotación agrícola.

    Luvia Hdez.

    ResponderBorrar
  4. DISCIPLINAS JURÍDICAS ESPECIALES Y AUXILIARES.

    Las disciplinas jurídicas especiales,como hemos visto el derecho se clasifica en dos grandes ramas que son el derecho publico y el derecho privado.
    El derecho privado es que regula las relaciones entre los particulares pertenecen al derecho civil y el mercantil.Derecho Constitucional. Es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del Estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de estos entre sí y con los particulares.Es la rama del derecho publico que regula el funcionamiento de los servicios públicos,donde el estado es el que satisface interés de las personas.

    El derecho administrativo,el estado desarrolla una actividad administrativa cuando persigue sus intereses,Administrar es cuidar intereses propios,pero hacer justicia es intervenir en los intereses de otros.

    El derecho penal es el conjunto de normas que determina los delitos las penas que las persona que cometen falta en la ley,la misma que establece para la prevención de la delincuencia.dentro del derecho penal esta también el derecho penal militar que ya que esta regula la conducto de miembros de ejercito.

    Derecho procesal,es un conjunto de reglas destinadas ala aplicación de las normas del derecho a casos particulares.es decir hacen que las leyes se apliquen y se hagan efectivas es decir se aplican por que aplican.

    Derecho fiscal,es el que se encarga que el estado cumpla de manera correcta sus funciones y administración,también la que se cumpla el pago de los impuestos de los ciudadanos.
    Derecho internacional publico es que refleja las relaciones entre ambos estado como por ejemplo México con Guatemala como y a que tienen derechos como vecinos fronterizos.

    Derecho civil,es el que tenemos todos como individuos y es el que establece la constitución alas personas.

    El derecho mercantil,derecho laboral,derecho internacional privado y derecho agrario,son los tipos de derechos que se ven en esta unidad.

    Las disciplinas jurídicas auxiliares Ayudan al jurista en sus estudios acerca del derecho.Las disciplinas jurídicas auxiliares son las que ayudan al pensador de Derecho en sus estudios, son fundamentalmente la Sociología del Derecho, la Historia del Derecho y el Derecho Comparado.

    ResponderBorrar
  5. Nos habla de lo siguiente
    DISCIPLINAS JURÍDICAS ESPECIALES
    La distinción entre derecho publico es el eje en torno del cual gira la jurisprudencia técnica en su aspecto sistemático. Cada una de las dos grandes ramas dividiéndose en varias disciplinas, a las que suele darse el nombre de especiales.

    DERECHO CONSTITUCIONAL

    Es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del Estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de estos entre sí y con los particulares.

    DERECHO ADMINISTRATIVO

    Tiene por objeto la administración pública. La administración pública puede ser definida como actividad a través de la cual el Estado y los sujetos auxiliares de este tienden a la satisfacción de intereses colectivos.

    DERECHO PENAL

    Eugenio Cuello Calón lo define como “conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el Estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad.

    DERECHO PENAL DISCIPLINARIO Y DERECHO MILITAR

    Son las normas que coordinan, sincronizan y conciertan las relaciones derivadas de la vida marcial.

    DERECHO PROCESAL

    Conjunto de reglas destinadas a la aplicación de las normas del derecho a casos particulares, ya sea con el fin de esclarecer una situación jurídica dudosa ya con el propósito de que los órganos jurisdiccionales declaren la existencia de determinada obligación y en caso necesario, ordenen que se haga efectiva.

    DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

    Es el conjunto de normas que rigen las relaciones de los Estados entre sí y señalan sus derechos y deberes recíprocos.

    DERECHO CIVIL

    Determina las consecuencias esenciales de los principios hechos y actos de la vida humana y la situación jurídica del ser humano en relación con sus semejantes o en relación con las cosas. Se divide en:

    1.Derecho de las personas
    2. Derecho familiar
    3. Derecho de los bienes
    4. Derecho sucesorio
    5. Derecho de las obligaciones

    DERECHO MERCANTIL

    Estudia los preceptos que regulan el comercio y las actividades asimiladas a él, y las relaciones jurídicas que se derivan de esas normas.


    Ana morales

    ResponderBorrar
  6. El dereche se clasifica en dos grandes ramas, que son publici y privado. Estos mismos que asu ves se subdividen en divsciplinas las cuales regulan las relaciones entre el estado y los individuos, los cuales pertenecen . Tambie estan el dere ho constitucional, administrativo, penal y procesal.

    Derecho constitucional.
    Es el que regula la organizacion del gobierno y la relacion entre organos y con los particulares, la de sus poderes entre si y asu ves con particulares con.

    Derecho administrativo.
    El derecho administrativo, es la rama que regula el funcionamiento de los servicios publucos donde el estado es el que satisface los intereses de las personas.

    Derecho penal.
    Es el conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo estado establece.

    Derecho procesal.
    Es el conjunto de reglas detinados a la aplicacion de las normas del dere ho a cada caso particular.

    Derecho fiscal o tributario.
    Administra las reglas juridicas que posibilitan que el estado desarrolle y ejerza sus facultades tributarias. Estos atributos o impuestos son desembolsados economicos obligatoriis que deben realizar todos los ciudadanos, son para podee solventar el funcionamiento del aparato estatal.

    Derecho internacional.
    Es el conjunto de normas que rigen las relaciones de los estados entre si y señala sus derechos y deberes reciprocos.

    Derecho civil.
    Es el que determina las consecuencias esenciales de los principales hechos y actos de la vida humana y la situacion juridica del ser humano en relavion con sus semejantes.

    Derecho mercantil
    Es la rama del derecho que estudia los preceptos que regulan el comercio y las actividades asimiladas a el y las relaciones juridicas que se derivan de las normas.

    Derecho laboral.
    Tambien llamado derecho del trabajo, norma que rige las relaviines entre trabajadores y empleados.

    Derecho internacional privado.
    Es el conjunto de normas que deben regularve en materia privada los problemas de aplicaciones que derivan la pluraludad de legislaciones.

    Derecho agrario.
    Nis rige a todo lo relacionado a la tierra y todo a la explotacion de la misma.

    Tenemos tambiem disciplinas auxiliares que son historia del derecho y derecho comparado.

    Rodolfo Castro R.

    ResponderBorrar